Tratado de Lisboa de 1864: Diferenzas entre revisións

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Articula I. La linea de separaciôn entre la Soberani'a del reino de Espana
y la del reino de Portugal a partir desde la desembocadura del rio Mifio, entre
la provincia espanola de Pontevedra y el distrito portugués de Viana do Castello,
se dirigirâ por el centre de la corriente principal del Mino hasta la confluencia
del rio Barjas o Troncoso.
La isla Canosa, situada cerca de la desembocadura del Mino, la denominada
Cancela, la Insula Grande, que se halla en el grupo de las islas de Verdoejo,
entre el pueblo espanol Caldelas y el portugués Verdoejo, y el islote Filla Boa,
situado cerca de Salvatierra, pertenecerân a Espana.
Las islas llamadas Canguedo y Rana Gallega, que forman parte del citado
grupo de Verdoejo, pertenecerân a Portugal.
 
Articula II. Desde la confluencia del rio Mino con el Barjas o Troncoso,la linea internacional subira por el curso de este ultimo rio hasta Porto de los
Caballeiros, y continuarâ desde aqui por la Sierra de Laboreiro pasando sucesivamente
por los altos de Guntïn y de Laboreiro y por el marco de las Rozadas y
la Portela de Palo.
El terreno comprendido entre una linea recta desde el marco de las Rozadas
a la Portela del Palo y otra lînea que pasa por Châo de las Pasaras y la altura de
la Basteira, y que ha sido cuestionado por Gorgoa y Adufeira, sera dividido en
dos partes iguales.
 
Articula III. Desde la Portela del Palo seguirâ la raya por la expresada
Sierra de Laboreiro tocando en el cerro llamado Oteiro de Ferro y Cabezo de
Meda, y pasando después por el marco de Antela, alto llamado Coto de los Cravos,
Penedo de Home y Penedo Redondo, bajarâ a ganar el curso del rio de
Castro, trescientos métros mas abajo del punto que en dicho rio se denomina
Porto de Pontes.
El terreno cuestionado por Pereira y Meijoeira, y situado entre el Penedo
Redondo y el rio de Castro, pertenecerâ a Portugal.
 
Articula IV. La linea divisoria, partiendo del sitio senalado en el rio de
Castro, continuarâ por el curso de este y después por el del Barcias o Tivô hasta
su union con el Limia, por cuya corriente remontara hasta un punto equidistante
entre la confluencia del rio Cabril y la piedra de Bocelos. Desde dicho punto
subira al pico de rocas de la sierra de Jurés, llamado Cruz de los Touros.
El terreno cuestionado entre los pueblos esparïoles de la feligresia de Manin
y los Portugueses de Lindoso quedarâ dividido p.or la linea fronteriza en dos
partes iguales.
 
Articula V. De la Cruz de los Touros el limite internacional, torciendo su
direcciôn general hacia el Nordeste, correrâ por las cumbres de las sierras de
Jurés y de Pisco, pasando por la Portela de Home, alto de Amoreira, Pico de la
Nevosa, Portela de Cerdeirina, Alto de la Orella del Cabalino, Picos de Fuente
Fria, Piedra de Pisco en la Portela del Pitôs y marco de Pisco.
El terreno situado entre los dos ultimes puntos citados y pretendido por
Guntemil y Pitôs sera dividido por la raya en dos partes iguales.
 
Articula VI. A partir del marco de Pisco la linea fronteriza seguirâ por la
demarcaciôn actual, tocando en la Buraca del Fojo; y atravesando el rio Salas,
continuarâ por el marco de la Fuente Fn'a hasta el marco llamado de Laxa de la
Ovella. Desde aqui ira por el marco de Calveira hasta la capilla portuguesa de
San Lorenzo; y cortando segunda vez el rio Salas, en el sitio llamado la Fraga,
seguirâ por las Penas de la Rapozeira y la Fuente de la Devesa, y después por
el arroyo de Barjas que corre proximo a dicha Fuente hasta el marco del Zapateiro,
situado en la cumbre de la sierra de Pisco. Desde aqui se encaminarâ
hâcia el Este por la divisoria de aguas de la sierra de Pena hasta las Piedras de
Malrandin, pasando por la Cabeza de Romano, Oteiro de Borracho, Cabezo de
Sabugueiro y Portela del Grito.
El terreno que se halla a la derecha del arroyo Barjas antes mencionado, y
que pretenden Vilarino y Torey, pertenecerâ a Espana. El terreno de dominio
dudoso entre Vilar y Sabucedo quedarâ delimitado por aguas vertientes.
 
Articula VII Desde las piedras de Malrandin se dirigirâ la raya hâcia el
Morte por la actual linea de separacion entre el Coto misto y el término de Vilar
hasta el punto en que la corte un alineamiento recto tirado desde el Castillo de la
Picona hasta el Pico de Monteagudo, desde cuyo punto de encuentro volviendo
hâcia el Este continuarâ por otro alineamiento recto hasta el Porto de Bancelos.
Portugal renuncia en favor de Espana a todos los derechos que pueda tener
sobre el terreno del Coto misto y sobre los pueblos situados en el mismo, que en
virtud de la division determinada por la linea descrita quedan en territorio espanol.
 
Articula VIII. Desde el Porto de Bancelos la linea fronteriza entre ambas
Naciones se dirigirâ por el Penedo de las Cruces, Cabezo de la Excusa, sitio
llamado Capilla de San Fitorio, Penedo de.los Bastos, ruinas del castillo portugués
de Portelo o de Sandin, Piedra Laxa y Marco de Rousiâ, subira después a
la Sierra de Larouco, que atravesarâ por las Penas de la Cascalleira, Penedo
Airoso, o Fraga de Eiroca y Bidoueiro del Extremo, y continuarâ a média distancia
entre los arroyos del Infierno y Cabana hasta la Cruz de Gro. De la Cruz
seguirâ por el Regueiro de Rega hasta un punto conveniente, que debe fijarse, y
desde este marcharâ en linea recta hasta el Oteiro de Maria Sacra.
Los terrenos existentes entre Bidoueiro del Extremo y Cruz de Gro y entre
Cruz de Gro y el Oteiro de Maria Sacra, cuestionados por la Gironda y Santo
André, serân divididos en partes iguales.
 
Articula IX. Desde el Oteiro de Maria Sacra ira la raya por Madorno de
las Tierras hasta Adéga de los Palomares, y de aqui, en la linea recta, al Penedo
Grande de Madorno. Continuarâ después por la fuente de la Codeceira, Piedras
de Estiveira, Porto Covil o de las Bestias, y entrando en el rio Porto del Rey,
bajarâ con sus aguas hasta un punto que se halle prôximamente a 150 métros
del Puntillon de Porto de Rey. Desde dicho punto ira rectamente a las Cruces de
Marco de Porto de Rey, entrando en el rîo Azureira, cuyo curso remontarâ hasta
el puente de Azureira.
Por consecuencia de la demarcaciôn consignada en este arti'culo, el camino
directe de San Millân a Vidiferre quedarâ todo en tertïtorio espanol.
 
Anîcitlo X. Desde el puente de Azureira la linea de separacién entre las
dos Monarquias se encaminarâ por los marcos actualmente existentes hasta las
inmediaciones del pueblo promiscuo de Soutelino, y pasando por los puntos que
se demarcarân cerca de dicho pueblo, que quedarâ en territorio portugués, volverâ
a encontrar el limite actual fronterizo y continuarâ por él, tocando en la Cruz
de la Fuente del Asno, Porto-Caballo de Arriba y de Abajo, Piedra de las Machadas
y Marco de la Fecha, siguiendo luego por el arroyo de Cambedo hasta su
confluencia con el de Valdeladera.
El pueblo promiscuo de Soutelino pertenecerâ a Portugal, demarcândosele
en territorio de Espana una zona de 90 a 100 métros de ancho contigua a la
poblaciôn.
 
Articnlo XI. La raya, partiendo del regalo de Valdeladera seguirâ su cauce
y continuarâ por el limite del termine municipal espanol de Cambedo hasta la
Portela de Vamba para dirigirse a la Pena o Fraga de la Raya. Desde este punto
ira atravesando el valle del rio Tâmega por los marcos que hoy determinan la
frontera, tocarâ en el Ponton de Lama, y luego, pasando prôxima a los pueblos
Portugueses de Vilarello y Vilarino, entrarâ en el rio de Tâmega por la Fraga de
Bigode o sea Porto de Vilarino. Desde aqui seguirâ por la corriente principal del
Tâmega hasta la confluencia del rio Pequeno o de Fèces, por cuyas aguas remon
tarâ hasta la Fraga de Maria Aloes, continuando después por el limite del termine
municipal espanol de Lama de Arcos hasta el Oteiro de Castelo Ancho.
Los dos pueblos promiscuos Cambedo y Lamadarcos, con sus actuales términos,
pertenecerân a Portugal.
 
Articnlo XII. Desde Oteiro de Castelo Ancho ira la raya atravesando la
sierra de Mairos o Penas libres por el Oteiro de Texogeira, la Piedra Lastra y la
Fuente Pria, y bajarâ por el arroyo de Pajeros hasta la Fraga de Maceira y
Laga de Frâde. Continuarâ después por el amojonamiento practicado en 1857
hasta la Fuente de Gamoal o de Tallevales, de cual ira al marco de Val de Gargalo,
y dirigiéndose por un arroyo que tiene su origen cerca de dicho marco hasta
su union con el rô de Valdemaderos, descenderâ con las aguas de este rio hasta
un punto proximo al primer arroyo que se le une por la izquierda, y continuarâ
desde aquî en lineas rectas inmediatas al camino de San Vicente a Sigirey, que
debe quedartodo en territorio portugués hasta el marco del cammo de Soutochao.
Desde este marco seguirâ la raya invariablemente el amojonamiento hecho en
1857 hasta Piedra Negra, desde donde se encaminarâ a un punto equidistante
entre el marco de Cabeza de Peixe y el sitio denominado con igual nombre por
los Portugueses.
 
Articnlo XIII. Desde el punto de Cabeza de Peixe la linea divisoria ira por
la demarcaciôn existente, pasando por la Iglesina de Mosteiron a la confluen
cia de los rios Arzuâ y Mente: y subiendo por el curso de este hasta el arroyo
de los Cabrones, seguirâ por dicho arroyo hasta cerca de su origen, dejândolo
para pasar entre los dos sitios llamados por espanoles y Portugueses Cruz de
Carapaino y llegar a la confluencia del arroyo Val de Souto con el rio Diabredo o
Moâs. Desde aqui seguirâ por dicho rio un corto espacio, subiendo luego por el
Cobanco del Diabredo y dirigiéndose después al Penedo de Pé de Meda, desde
donde, atravesando las Antas de Pineiro, correra por aguas vertientes hasta el
Portelo del Cerro de Esculqueira.
Los terrenos de pertenencia dudosa entre Barja y Cisterna y entre Escul
queira y Pineiro Novo y Vello quedarân divididos segi'm lo détermina la linea
fronteriza descrita en el présente articule.
 
Articulo XIV. Desde el Portelo del Cerro de Esculqueira ira la raya por las
cumbres de este hasta el penasco mas elevado de los de dicho cerro, situado
casi a la mitad del descenso del mismo y enfrente del Monte de Castro, desde
donde se dirigirâ, siguiendo un alineamiento recto, a tocar en el primer arroyo
que confluye con el rio Azureira, mas abajo del Porto de Vino y en un punto dis
tante 450 métros de dicho rio. Desde aqui ira la raya siguiendo una lïnea recta,
hasta terminar en el punto en que el rio Azureira cambia su direcciôn de Sur
a Oeste, poco mas arriba del ponton de Cerdedo. Desde dicho punto, o sea desde
el recodo del no Azureira, subira la raya por este hasta un punto equidistante
entre la union del arroyo Carballas y el sitio llamado Coba de Azureira, yendo
desde aqui rectamente a terminar en la Cabanca, de los Ferreiros junto al camino
de Manzalvos a Tuxelo. En seguida continuarâ por el marco de las Carballas
o Pedra de Vista y por la vereda Ilamada Verea Vella hasta el Penedo de los très
Reinos donde termina la provincia de Orense.
Los terrenos cuestionados respectivamente entre Chaguazoso y Pineiro
Vello, Vilarino de las Touças y Cerdedo y entre Manzalvos y Casares y Car
ballas quedarân divididos segûn lo détermina la linea fronteriza descrita en el pré
sente articule.
 
Articulo XV. Desde el Penedo de los très Reinos ira la raya a la Piedra
Carvallosa, atravesarâ después el rio Tuela en el puerto de Barreira, y subiendo
hasta un punto proximo al Horno de la Cal y volviendo hacia al Este pasarâ
por los sitios llamados Escuzana y Val de Carballas y por marco del Roi y Piedra
Estante o Piedra de los très Obispos, en la sierra de Gamoneda, y continuarâ
por la Fuente Grande, Piedra Negra y Perla de la Hormiga.
El terreno cuestionado por Castromil y Moimenta, situado entre el Penedo
de los très Reinos, Penedo de Mozo y Fraga o Piedra Carballosa, sera dividido
en dos partes iguales.
 
Articulo XVI. Desde la Pena de la Hormiga continuarâ la linea internacional
por el Valle de las Porfias hasta atravesar el rio de Calabor. De aqui marcharâ
por el marco de la Campiza y luego en alineamientos rectos por el Cabezo
o Cerro de Pedra Pousadeira, marco de la Trapilla o de Ervancede y marco de
Rioonor, y subira por el arroyo que corre entre Rionor de Arriba y Rionor de
Abajo. Pasando después por el marco de Leixo y por el de Ripas en la Sierra de
Barreras Blancas, ira a encontrar, cerca del pueblo espanol de Santa Cruz, al rio
Manzanas, cuyo curso seguirâ hasta el marco situado mas abajo del molino de la
Ribeira grande.
Desde aqui se encaminarâ al marco de Candena o de Picôn, y torciendo
hacia el Este volverâ a encontrar otra vez en la pena Furada al rio Manzanas,
cuya corriente marcarâ la frontera hasta la Piedra o Pozo de la Olla.
 
Articulo XVII. Desde la Piedra o Pozo de la Olla subira la h'nea fronteriza
al castillo de Mal-Vecino, y corriendo por la cumbre de la sierra de Rompe-
Barcas, marcharâ tocando sucesivamente en el alto de la Manchona, alto de la
Urieta del Cerro o de la Lameira, marco del Val de Frades, marco de Val de
Madeiros y marco de la Cazica en la sierra de este nombre y molino de la Raya
en el arroyo Avelanoso y sierra de Cerdeira hasta el sitio de las Très Marras.
 
Articulo XVIII. Desde el sitio de las Très Marras ira la linea por la divisoria
de aguas de la sierra de Bouzas al molino de la Raya en el rio de Alcanices,
subira de aquï al alto del Canizo en la sierra de San Adrian, y pasando después
por la pirâmide geodésica, marcos de Nuestra Senora de la Luz, de la Apariciôn,
de Prado Pegado o puente del Palo, de la Platera y de la Noguera, entrarâ en el
rio Duero cerca de la confluencia del arroyo Castro. Desde este punto la linea
internacional ira por el centro de la corriente principal del Duero hasta su con
fluencia con el Agueda, por cuyas aguas remontarâ hasta su union con el Turones,
que a su vez demarcarâ la frontera hasta un punto proximo al molino de Nave
Cerdeira.
 
Articulo XIX. Desde el punto indicado proximo al molino de Nave Cerdeira
continuarâ la raya por el Valle de Amedias para subir al alto de las Vinas de la
Alameda, desde donde se dirigirâ por la derecha del camino espanol, que desde
Aldea del Obispo conduce a Fuentes de Onoro, a encontrar el valle de Golpina o
de Provejo. Pasando después por cerca de la Cruz de la Raya y mas adelante por
la pared de la Tapada de la Huerta de la Calzada, ira por la ermita del Espïritu
Santo al Alto o Texo de la Polida, atravesarâ el arroyo del Campo, y torciendo
al Sur se encaminarâ por el monte de Cabeza de Caballo al alto de los Campanarios.
Desde aquï' ira a entrar en el camino que conduce de Nave de Aver a
Alamedilla, por el que continuarâ hasta Alto Redondo, marchande después por el
Cabezo de la Atalaya, Cruz de la Raya, Monte Guardado, a la Pena de las Golondrinas.
El terreno de pertenencia dudosa situado entre el Monte Guardado y la
Pena de las Golondrinas sera dividido en dos partes iguales entre ambos paises.
 
Articula XX. Desde la Pena de las Golondrinas la h'nea divisoria, pasando
por la pared Este de la Tapada del Manso y torciendo luego por la del Sur,
seguirâ varias penas senaladas con cruces antiguas hasta el punto llamado por los
Portugueses Canchal de la Raya. Desde aquf se dirigirâ por junto a la Tapada de
Pion de Oro, y atravesando el Arroyo Lagioza y el Canchal de Freixo, seguirâ
por la corriente del arroyo Codesal, tocando después en el Cabezo de las Barre
ras o Vermello, desde donde se encaminarâ a la Pena de Navas Molladas, situada
en la sierra de las Mesas. Continuando por las cumbres de esta sierra, que aquî
sépara las aguas de los rios Duero y Tajo, y pasando por el Alto de Clérigo,
correrâ también por las aguas vertientes de la sierra de la Marvana y descenderâ
a encontrar el rio Tuerto o Ribeira Grande en el sitio de la Ginjeira o Corral de
las Colmenas.
 
Articulo XXL Desde el expresado sitio de la Ginjeira la linea internacio